AFIP aumentó el monto para informar los movimientos de tarjetas y billeteras virtuales

27 de mayo de 2024 - 12.11

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AFIP — Télam

La AFIP elevó hoy de $200.000 a $700.000 el importe a partir del que los bancos y las billeteras virtuales deben informar las transacciones, los saldos y los consumos de sus clientes. También estableció que este monto se actualizará cada 6 meses a partir de la inflación que mide el Indec.

Por qué importa.

El régimen de información de transacciones, consumos y saldos de cuentas establece un piso a partir del cual los datos de un movimiento de dinero deben de ser declarados ante la AFIP, con el objetivo de que la entidad pueda disponer de los mismos para evaluar la situación fiscal de los contribuyentes en caso de ser necesario. Según la resolución publicada hoy, la medida busca "mejorar y simplificar los trámites y agilizar los procesos".

En detalle.

La normativa fue oficializada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5512 de la AFIP, y aplica para operaciones desde el 1 de junio. Las billeteras virtuales deberán notificar todo ingreso o egreso mayor a $400.000 (antes era a partir de los $120.000). El mismo aumento y el mismo monto aplicará para los consumos con tarjetas de débito. Las acreditaciones y saldos mensuales y los saldos en plataformas electrónicas a declarar pasarán de $200.000 a $700.000, mientras que el monto mínimo para advertir sobre transferencias bancarias pasa de $400.000 a $1.400.000.