AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler: los detalles
12 de agosto de 2024 - 17.30
12 de agosto de 2024 - 17.30
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suprimió hoy la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda.
Esta medida fue posible gracias a la entrada en vigencia del DNU 70/2023, el cual suspendió la Ley de Alquileres.
A través de la Resolución General 5545/2024, AFIP eliminó el requisito de declarar ante el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI) todas las operaciones entre locadores y locatarios. Según indicaron desde el ente recaudador, el objetivo de dicha política es reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes. Vale aclarar que quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, a no ser que haya modificaciones o actualizaciones. No obstante, la opción de registrarlos seguirá existiendo y permitirá acceder a beneficios fiscales.
Quienes quieran percibir los beneficios fiscales deberán registran los contratos en la AFIP antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su firma. De esta forma se podrá acceder a deducciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, y en el Impuesto a las Ganancias.