El Gobierno reglamentó la reforma laboral de la Ley Bases: las claves

26 de septiembre de 2024 - 06.48 / Actualizado: 08.56

El decreto reglamenta el capítulo laboral de la Ley Bases
El decreto reglamenta el capítulo laboral de la Ley Bases — Télam

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la reforma laboral de la Ley Bases. Desde hoy entran en vigencia, entre otras cuestiones, el blanqueo de trabajadores, la creación de fondos de cese laboral para reemplazar a las indemnizaciones y la posibilidad de que monotributistas sean contratados como "colaboradores" sin que esto establezca relaciones de dependencia.

Blanqueo.

El Decreto 847/2024, oficializado hoy, reglamenta los artículos de "Promoción del empleo registrado" de la Ley Bases, que permiten que los empresarios regularicen relaciones laborales no registradas o mal registradas con condonaciones de deuda por aportes y contribuciones que van del 70% para las grandes firmas hasta el 90% para las Pymes. El blanqueo también supone la baja del empresario del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales. Los empleados registrados mediante esta modalidad podrán acreditar hasta 5 años para sumar a sus aportes previsionales.

Cese laboral.

La entrada en vigencia del artículo 93 de la Ley Bases posibilita el reemplazo de las indemnizaciones por despido por fondos de cese laboral. Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado si así lo habilitan las negociaciones entre las empresas de sus sector y los sindicatos. Además, este régimen será de adhesión voluntaria tanto para las firmas como para los trabajadores. Tendrá 3 formatos:

  • Un sistema de cancelación individual, que mantiene la modalidad actual de pago directo del empleador al trabajador en caso de despido. La Ley Bases otorga a los convenios colectivos más margen para definir los detalles del pago de estas indemnizaciones, que surgirán de las negociaciones entre las partes.
  • Un sistema de fondo de cese individual o colectivo, donde el empresario realizará aportes mensuales cuyo monto y periodicidad serán definidos en negociación entre las partes. Estos recursos serán administrados y gestionados por entidades validadas por el BCRA y la CNV, y las firmas podrán hacer uso de ellos para cubrir las situaciones y circunstancias de cese laboral que estén acordadas en los convenios colectivos.
  • Un sistema mediante el cual las empresas podrán contratar compañías de seguros para cubrir los gastos indemnizatorios.

Colaboradores.

La normativa también crea la figura del trabajador independiente que puede contar con "hasta 3 trabajadores independientes colaboradores" sin que exista una relación de dependencia entre ellos. En la reglamentación se especifica que el sistema no limitará actividades y que todos los trabajadores deberán presentar una declaración jurada ante la AFIP respecto al carácter independiente de la relación. También se aclara que este nuevo régimen no podrá aplicarse cuando se presuma que una relación de trabajo en relación de dependencia "fue sustituida por una relación entre las partes de diferente encuadre jurídico a los fines de usufructuar los beneficios del mencionado artículo".

Además.

Otras cuestiones incluidas en la Ley Bases que entran en vigencia a partir de la reglamentación de hoy son las siguientes:

  • La normativa establece que será motivo de despido con causa justa el participar de bloqueos que afecten el ingreso de personas o cosas a las empresas;
  • Se extiende el período de prueba de 3 a 6 meses. Dependiendo del sector, además, este puede ampliarse a 8 meses para empresas de 6 a 100 empleados y a 12 para las firmas con hasta 5 trabajadores.
  • Deja de regir la presunción de la existencia de contrato laboral para quienes facturen obras o de servicios profesionales o de oficios de manera reiterada a las mismas compañías.