El Senado dio media sanción al límite a las tasas de interés por mora en servicios públicos y privados

20 de agosto de 2021 - 09.30 / Actualizado: 22 de febrero de 2024 - 19.49

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El Senado aprobó ayer dos proyectos para limitar las tasas de interés que las empresas prestadoras de servicios públicos y privados podrán aplicar por mora a sus usuarios. Ambas iniciativas del oficialismo fueron aprobadas por unanimidad (38 a 0) ante la ausencia del bloque de Juntos por el Cambio.

Por qué importa. Las deudas con las tarjetas de crédito y la morosidad en los servicios públicos crecieron los últimos años por la crisis económica, el aumento de las tarifas y la caída del poder adquisitivo de los salarios. Las tasas que las empresas pueden aplicar a los usuarios en mora no están reguladas.

En detalle. Las tasas de interés por mora que apliquen empresas de servicios públicos, entidades bancarias, tarjetas de crédito, empresas de medicina prepaga, instituciones de educación privada y empresas de seguros no podrán exceder la tasa pasiva para depósitos a 30 días del Banco Nación. Hoy está en torno al 43%.

Además. Las empresas tampoco podrán cobrar ningún tipo de cargos administrativos o intereses de ningún otro tipo. Además, deberán presentar planes de facilidades de pago a sus clientes para cancelar sus deudas.

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