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Ley de alquileres: cómo quedó después del dnu

29 de diciembre de 2023 - 15.18 / Actualizado: 22 de febrero de 2024 - 19.56

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El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei entró hoy en vigencia. Entre las legislaciones que deroga está la Ley de Alquileres. La agrupación inquilinos agrupados presentó un recurso de amparo contra el decreto. ¿Cómo será alquilar ahora?

Ley de alquileres.

La Ley aprobada este año definía un plazo mínimo de 3 años para alquilar, 6 meses mínimo para realizar actualizaciones de precios y los ajustes se hacían de acuerdo con el coeficiente Casa Propia. Por otro lado, prohibía que la oferta sea en otra moneda que no sea pesos.

DNU.

El texto del decreto sostiene que es "imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres". Y agregó que "es preciso respetar la voluntad de los ciudadanos de pactar las formas de cancelación de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sin distinción del curso legal o no de la moneda que se determine, sin que pueda el deudor o el juez que eventualmente intervenga obligar al acreedor a aceptar el pago en una moneda diferente, salvo pacto en contrario".

Ahora.

El DNU firmado entró hoy en vigencia. A partir de ahora, las nuevas disposiciones serán:

Plazo. A partir de hoy el plazo del alquiler no tiene un mínimo de tiempo, sino que las partes tendrán que acordar. En caso de que no se acuerde, será de dos años.

Moneda. La nueva disposición dicta que en los contratos se podrá "establecer el alquiler en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes".

Ajustes. El decreto define que es válido "cualquier índice pactado por las partes" ya sea público o privado. Tampoco se pone un plazo para efectuar los ajustes.