Ley Bases: la versión final del RIGI que aprobó el Congreso

28 de junio de 2024 - 07.02 / Actualizado: 11.46

Vaca Muerta
Vaca Muerta — Télam

La Cámara de Diputados aprobó anoche la Ley Bases con 147 votos a favor, 104 en contra y 2 abstenciones. Para conseguir los apoyos necesarios para sancionar la normativa, el oficialismo aceptó los cambios propuestos por el Senado, entre los que se destacan una serie de reformas al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI).

Qué es el RIGI.

El RIGI ofrece distintos incentivos para aquellas inversiones de al menos U$S 200 millones que se ejecuten en los próximos dos años con al menos un 40% de la inversión realizada en los primeros dos años. Entre los beneficios otorgados a los inversores se destacan:

  • Una reducción de la tasa de Ganancias de 35% a 25%.
  • Una tasa para el pago de dividendos y utilidades fija de 7% para los primeros 3 años y de 3,5% para los años subsecuentes.
  • Exención del pago de derechos de importación para bienes de capital, repuestos, partes, componentes e insumos. 
  • Exención de derechos de exportación a partir de los 3 años para las inversiones en general y de los 2 años para aquellas que se consideren de "exportación estratégica".
  • Plena disponibilidad sobre los productos.
  • Libre disponibilidad de las divisas generadas por exportaciones a partir del cuarto año.

Las modificaciones.

En un primer momento, el régimen estaba proyectado para todos los sectores de la economía, no incluía ninguna cláusula que obligue a las empresas a contratar a proveedores locales y liberaba la disponibilidad de divisas a partir del tercer año. A partir de los cambios introducidos por el Senado y revalidados ayer:

  • Reducción de sectores. El artículo 165 ahora estipula que el RIGI será aplicable solo para los sectores forestoindutrial, turístico, de infraestructura, minero, tecnológico, siderúrgico, energético, petrolero y gasífero.
  • Proveedores locales. Tras pedidos de la oposición, el artículo 74, inciso L, ahora incluye que se deberá contratar a proveedores locales en al menos el 20% de la inversión total destinada a proveedores. Esto es siempre que la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad. 
  • Cobros de exportaciones. Tras la modificación del artículo 96, los cobros de exportaciones del proyecto que adhiera al RIGI estarán exceptuados de ingresar en el mercado de cambios en los siguientes porcentajes: 20% luego de 2 años; 40% luego de 3 años; y 100% luego de 4 años. Esto no solo incluye al cambio de divisas, sino también a "aportes de capital, préstamos o servicios vinculados al proyecto objeto del plan de inversión aprobado". Para los proyectos declarados de exportación estratégica de largo plazo, los porcentajes serán diferentes: 20% luego de un año; 40% luego de 2 años; 100% luego de 3 años.
  • Acciones, cuotas o participaciones sociales de los VPU. Se modifica el artículo 205 para que las acciones, cuotas o participaciones sociales de los vehículos de proyecto único (VPU) -es decir, los titulares de un proyecto que califique como gran inversión en los sectores incluídos- adheridos al RIGI puedan usarse como garantía.