Ley Ómnibus: el Gobierno envió los cambios al Congreso

22 de enero de 2024 - 10.45 / Actualizado: 22 de febrero de 2024 - 19.57

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El Gobierno envió hoy a la Cámara de Diputados las modificaciones al proyecto de Ley Ómnibus. Entre los cambios se incluye la quita de YPF de la lista de empresas a privatizar, modifica a partir de abril la actualización de las jubilaciones, elimina las retenciones a economías regionales y elimina las reformas de la Ley de Pesca, entre otros.

Emergencia.

Se eliminó la emergencia en materia social y de defensa y se redujo el plazo de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogar por un año más con aprobación del Congreso. Se mantiene la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética y administrativa hasta el 31 de diciembre de 2024 prorrogable por un año.

Jubilaciones.

Se mantendrá la fórmula de actualización vigente hasta marzo y desde abril habrá actualizaciones en base a la inflación pasada. Además, elimina las jubilaciones de privilegio del presidente y el vicepresidente.

Retenciones.

Se fijó la eliminación de las retenciones para las economías regionales, uno de los pedidos más fuertes de los gobernadores. Además, se le quita la facultad al Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación y solo podrá reducirlas.

Privatizaciones.

Eliminaron a YPF del listado de empresas a privatizar. En el caso de Nucleoeléctrica, el Banco Nación y ARSAT los cambios señalan que se podrá hacer una privatización parcial pero que el Estado deberá mantener el control de la empresa. Además, la Comisión Bicameral de Privatizaciones deberá hacer el seguimiento de los trámites referidos.

Ambiente.

El Gobierno propuso modificaciones en las leyes de Quema, de manejo del Fuego, de Bosques y de Glaciares.

Pesca.

Se eliminó la posibilidad de que empresas extranjeras participen de la licitación de cuotas de pesca y se reincorporó la obligación de descarga en puertos argentinos y de que las embarcaciones deban contar con un porcentaje mayoritario de tribulación local.

Hidrocarburos.

Se aclaró la potestad de las provincias sobre algunos aspectos definitorios de la explotación, se ratificó la libre exportación e importación, pero se aclaró que podría haber objeciones de la Secretaría de Energía por motivos técnicos o económicos en la seguridad del suministro.

Regularización de activos.

Los no residente que regularicen sus activos no podrá declarar bienes que estén a nombre de terceros. Además, se suma a la lista de sujetos excluidos a quienes hayan sido funcionarios en los últimos 4 años y a quienes tengan un procesamiento firme. Señala además que lo que se tribute a través del impuesto Especial de Regularización se destinará a la capitalización del Banco Central. Tampoco podrán participar del blanqueo los convivientes, conyugues y excónyuges de quienes hayan sido funcionarios en los últimos 5 años o lo sean en la actualidad.

Biocombustibles.

Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas de biocombustibles aplicada a los combustibles fósiles sean exclusivamente de producción en establecimientos ubicados en el país.

Manifestaciones.

Eliminaron el artículo que hacía referencia a que 3 personas o más representan una manifestación o protesta.

Educación.

Prohíbe que se aplique cualquier tasa o impuesto a los extranjeros residentes que estudien en cualquier nivel educativo. A su vez, se introduce un artículo a pedido de las provincias para permitir que la educación secundaria técnica pueda tener la misma duración que los secundarios orientados o hasta un año más.

Bienes personales.

Establece beneficios para los cumplidores del impuesto.

Oficina anticorrupción.

La Sindicatura General de la Nación tendrá la facultad para remover o designar a su titular.

Derechos de exportación.

El Poder Ejecutivo mantiene la capacidad de poder reducir los derechos de exportación, pero pierde la facultad de subirlos. Al mismo tiempo se fija en 0% la alicuota.

Gas.

Se permite la importación de gas sin necesidad de autorización previa. Las exportaciones, por su parte, deberán ser supervisadas por el Poder Ejecutivo, y los exportadores serán responsables en caso de que se produzca una situación de sobrecosto del abastecimiento interno.

Fondos fiduciarios.

Queda suprimida la capacidad de crear fondos fiduciarios y se aclara que los beneficios quedarán sujetos a la reasignación de subsidios que dictamine el DNU 70/23.

Transición energética.

Las provincias podrán participar de las mesas técnicas de trabajo para determinar la forma de asignación de derechos de emisión y los límites de derechos de emisión anuales.

Propiedad intelectual.

Las habitaciones de hoteles u hospedaje no se considerarán dentro de la categoría de reproducción pública, por lo que no se abonará derecho de autor por las transmisiones dentro de ellas.

Código Civil y Comercial.

Quedarán vigentes solo los cambios relacionados con los contratos, el resto de las modificaciones serán suprimidas.

Sistema electoral.

Se pospuso a tratar en sesiones ordinarias la reforma de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados.

Cultura.

Se reducen las modificaciones al INCAA y mantiene el monto estipulado que recibe por parte del Estado. Respecto al Fondo Nacional de las Artes, no se cerrará pero sus directores deberán ser ad-honorem. Además, sus gastos no podrán representar más del 20% de sus ingresos, al igual que el INAMU y CONABIP. En cuanto al Instituto del Teatro, sus funciones serán absorbidas por la secretaría de Cultura.

RIGI.

Respecto al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones, se estableció un monto mínimo de USD 300 millones de dólares para los proyectos. A su vez, el Poder Ejecutivo tiene la potestad de establecer topes mínimo mayores por sector productivo de hasta USD 900 millones. Además, se habilita la posibilidad de que una empresa pueda tener más de un proyecto de inversión.

Ley de defensa de la competencia.

Se agrega el intercambio de información como posible causal de práctica anticompetitiva, al mismo tiempo que se reduce el umbral de notificación a 100.000.000 millones de unidades móviles. A su vez, se elimina la posibilidad de intervenir sobre operaciones ya concretadas y se reduce la cantidad de expertos convocados como miembros asociados del Tribunal. Respecto a dicho Tribunal, se conformará con cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo y el Senado.

Control interno de la oficina anticorrupción.

Las autoridades deberán ser asignadas y removidas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN). Además, no se modificarán los requisitos para asumir cargos.

Actividad política.

Se incluyó a “los empleados públicos” en las limitaciones a la actividad política.

Desregulación económica.

Se eliminó la derogación de la Ley de Azúcar.

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