Cambios a los DNU: qué significa el proyecto que impulsa la oposición en Diputados

Por Ailén Vila

21 de octubre de 2024 - 09.33

Javier Milei en Wall Street
Javier Milei en Wall Street — Seth Wenig - AP

El presidente Javier Milei se reunirá hoy con los gobernadores de Salta, Catamarca, Tucumán y Misiones. La reunión toma relevancia en medio de la discusión por la modificación de la ley de decretos en la Cámara de Diputados. Los principales cambios a la legislación y qué significan.

Por qué importa.

La oposición intenta impulsar cambios que permitan que los decretos de necesidad y urgencia, establecidos por el Presidente de la Nación, puedan ser rechazados por una sola cámara. La decisión se relaciona directamente con los últimos dos vetos presidenciales, donde Milei eliminó los efectos de las legislaciones que daban aumentos a las jubilaciones y a las universidades nacionales a través de decreto.

Ley de decretos.

La legislación regula la sanción de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), medida que solo puede realizar el presidente, se encuentra ya en el artículo 99 de la Constitución Nacional. Aun así, la Ley 26.122 establece que el Congreso puede derogar o ratificar dichos decretos. Las últimas dos sesiones donde la Cámara de Diputados intentó rechazar un decreto fueron las que buscaban las subas de los haberes jubilatorios y el presupuesto y salarios a las universidades. Para que el Congreso pueda derogar un decreto, se necesita que dos tercios de ambas cámaras -Diputados y Senado- lo rechacen. Solo una vez en la historia argentina se derogó un DNU. Este fue aquel que otorgaba $100.000 millones de fondos reservados a la Secretaría de Inteligencia (SIDE).

Diputados.

La semana pasada comenzó el debate en el plenario de comisiones de Asuntos Constitucionales y Peticiones, Poderes y Reglamento. El objetivo principal de la oposición es facilitar el rechazo de los decretos algo que, hasta ahora, requería mayorías difíciles de alcanzar. Hay 16 proyectos de Unión por la Patria, la Unión Cívica Radical, Encuentro Federal y la Coalición Cívica. Aunque las iniciativas presentan cambios diferentes, hay dos aspectos comunes. Estos son, por un lado, el tiempo que tienen las cámaras para tratar los decretos y, por el otro, la obligación de que sean rechazados por ambas cámaras.

Tiempo.

La normativa actual establece que la Comisión Bicameral Permanente -encargada del tratamiento de los decretos previos a que pasen al recinto- tiene un plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Jefe de Gabinete, para expedirse acerca del decreto y elevar el dictamen al plenario de cada una de las cámaras. Los proyectos opositores sugieren plazos que van desde los 60 hasta los 90 días.

Bicameralidad.

La ley dicta que, para ser ratificado o rechazado, un decreto debe pasar, primero, por la cámara iniciadora, que suele ser en general la de Diputados. Allí, quienes busquen derogarlo deberán reunir una mayoría absoluta de dos tercios de los presentes. Luego, si esa cámara logra derogarlo, ahí pasará a la revisora. En el Senado también deberá obtener esa cantidad de votos. Los proyectos tratados en las comisiones buscan que solo haga falta una cámara para rechazar los decretos, y no ambas.