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Cambios en privatizaciones y menos emergencias: las claves de la nueva Ley Ómnibus

14 de marzo de 2024 - 11.59 / Actualizado: 21.42

El borrador llega luego de que los goernadores hayan sido invitados porel Gobierno al Pacto de Mayo.
El borrador llega luego de que los goernadores hayan sido invitados porel Gobierno al Pacto de Mayo. — Foto: X.

El Gobierno presentó hoy el borrador de la nueva Ley Ómnibus, según pudo saber CORTA tras acceder al documento. También se enviará un paquete fiscal en una ley aparte. 

En detalle.

La ley tiene 11 títulos:

  1. Declaración de emergencia. Será por un año en materias administrativa, económica, financiera y energética.
  2. Reforma del Estado. Definición de las empresas "sujetas a privatización" (como Aerolíneas Argentina, Enarsa, RTA, AySA y Correos, entre otras), posibilidad de eliminar o modificar fondos fiduciarios públicos, descuento del día de huelga a empleados públicos.  
  3. Contratos vigentes y acuerdos transaccionales. Renegociación o rescición de contratos de obra pública superiores a $10 millones.
  4. Consolidaciónde de deuda. Consolidar en el Estado todos los títulos de deuda pública y del Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
  5. Movilidad de las prestaciones previsionales. Las jubilaciones se actualizarán mensualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor a partir del 1° de abril.
  6. Promoción del empleo registrado. Condonación de un mínimo del 70% de la deuda por no registración de empleados.
  7. Desregulación económica. Posee un artículo que propone la "derogación o modificación de regulaciones sobre la actividad económica privada que importen un incremento de sus costos, limiten el ejercicio de la autonomía de la voluntad o provoquen la escasez de bienes y servicios sin justificación de interés público suficiente".
  8. Defensa de la competencia. Prohibe los acuerdos entre competidores que limiten o restrinjan la competencia, da una definición de "posición dominante" en el mercado, creación de la Agencia de Mercados y Competencia, creación del Tribunal de Defensa de la Competencia.
  9. Energía. Las actividades de explotación y comercialización de hidrocarburos estarán a cargo de empresas estatales, privadas o mixtas. Además, los permisionarios y concesionarios "tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan" y "el comercio internacional" de este recurso "será libre". Se podrá importar gas natural sin aprobación previa y su exportación será regulada por el Ejecutivo nacional. Creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que reemplazará al ENRE y al ENARGAS.
  10. Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI). Creación del RIGI, definición de "gran inversión" como un monto mínimo de U$S200 millones, para este régimen, el Impuesto a las Ganancias será del 25%
  11. Disposiciones finales. "Salvo para los casos en que se establezca un plazo específico, el Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley en un plazo máximo de 90 días a partir su entrada en vigencia".

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