Facultades extraordinarias: qué delegaciones establece la nueva Ley Ómnibus

14 de marzo de 2024 - 17.03 / Actualizado: 19.39

Javier Milei en la Apertura de Sesiones del Congreso.
Javier Milei en la Apertura de Sesiones del Congreso. — Presidencia

El Gobierno modificó la emergencia pública y la cantidad de facultades delegadas para el Poder Ejecutivo Nacional y redujo el número a 5 en un nuevo borrador de ley ómnibus al que pudo acceder CORTA.

Por qué importa.

Las facultades delegadas y la cantidad de emergencias fueron uno de los principales conflictos del oficialismo con la oposición dialoguista para conseguir la aprobación de la ley ómnibus en el Congreso.

Emergencia pública.

El nuevo borrador estipula la emergencia pública en materia "administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año". 

Facultades delegadas.

En el proyecto de ley original el Gobierno requería 11 facultades delegadas que ahora se redujeron a 5. En términos generales, el Gobierno pide aquellas facultades vinculadas a "materias determinadas de administración y de emergencia" según los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional. Este artículo prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo salvo por las materias en el borrador con un plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases que establezca el Congreso. 

Empresas y organismos públicos.

Los artículos 3 y 4 establecen que el Gobierno podrá modificar o eliminar las competencias, funciones o responsabilidades y de la administración central o descentralizada o reorganizarlas o transformarlas. Esto incluye a la administración nacional, las empresas y sociedades del Estado o aquellas en donde el Estado tenga participación mayoritaria. Estos artículos son los que permiten modificaciones recientes como la reestructuración de Télam y el cierre del Instituto Nacional de Cine y Artes Visuales (INCAA). Aún así, el nuevo borrador prohíbe la disolución total de las universidades nacionales, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). 

Fondos fiduciarios.

El artículo 5 permite "modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar" los fondos fiduciarios públicos.

Desregulación económica.

El artículo 71 permite la desregulación de la actividad económica privada, es decir, que se derogue o modifique las regulaciones para "facilitar la mayor eficiencia y eficacia". Esto puede incluir regulaciones sobre la producción, el comercio, el mercado financiero o laboral.

Sector energético.

El artículo 198 delega facultades alrededor de la energía eléctrica, como la apertura a su comercio internacional, la libre comercialización y máxima competencia, el despacho económico de las transacciones de energía sobre una base de la remuneración en el costo económico horario del sistema y la adecuación de las tarifas del sistema energético sobre la base de los costos reales del suministro.

Además.

El Poder Ejecutivo debería informar todos los meses y de forma detallada al Congreso sobre el ejercicio de las facultades. También los decretos sobre las facultades delegadas tendrán que ser controlados por la Comisión Bicameral Permanente.