Legítima defensa "reforzada": los cambios al Código Penal de la Ley Ómnibus de Milei

28 de diciembre de 2023 - 08.25 / Actualizado: 22 de febrero de 2024 - 19.56

imagen_2023-12-27_222157663
imagen_2023-12-27_222157663

El paquete de leyes que envió el Gobierno ayer al Congreso introdujo cambios en el Código Penal para ampliar el derecho de la legítima defensa en favor de las fuerzas de seguridad.

Legítima defensa.

El artículo 344 de la denominada Ley Ómnibus busca modificar el artículo 34 del Código Penal para ampliar el inciso 4, que actualmente sostiene que "no es punible el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo".

El cambio.

La reforma agrega que "en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo".

Profundizá

Además.

La nueva ley propone que también rija la legítima defensa cuando haya "una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual". También incluye, bajo esta regla, a "quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena".

Acciones legales.

A su vez, el nuevo artículo incluye un apartado que marca que quienes cometan un delito, al igual que sus parientes en caso de fallecimiento, "carecen de acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida". Esto aplica "aunque no concurrieren los eximentes del artículo en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo".