Prepagas: el Gobierno autorizó aumentos diferenciales a cada uno de sus planes

17 Febrero de 2025 16.05

El presidente Javier Milei. — Foto: Presidencia.

El Gobierno decretó hoy por medio del Boletín Oficial que las empresas de medicina privada podrán actualizar sus tarifas de manera diferenciada, en vez de aplicar un único porcentaje para todos sus afiliados.

En detalle. 

A través del Decreto 102/2025, el Gobierno oficializó un cambio en el artículo 17 del decreto N° 1993 de 2011. La modificación establece que "los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato. El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen. Asimismo, se agregó que el valor de la cuota de la última franja etaria "no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria" y que los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, "ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes".

Cita.

"Las entidades deberán informar a los usuarios, de manera clara y destacada, las modificaciones en el valor de las cuotas y/o de los copagos. Esta comunicación, que deberá detallar el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual, se realizará dentro de los CINCO (5) días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía", dice el texto oficial. Además, indica que los clientes deben ser notificados de las subas con una antelación no menor a 30 días corridos previo al vencimiento.