ANSES: reconocimiento de aportes por tareas de cuidado

22 de julio de 2023 - 16.18 / Actualizado: 22 de febrero de 2024 - 19.55

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El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado tiene el propósito de visibilizar y corregir una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las responsabilidades de cuidado. ¿Sabés si te corresponde este reconocimiento? ¿Y cómo hacer el trámite en la ANSES?

Reconocimiento.

Este aporte busca equilibrar las oportunidades y crear las condiciones adecuadas para que un gran número de mujeres puedan acceder al derecho de jubilación. Al otorgar el reconocimiento por las tareas de cuidado, se reconoce su contribución esencial en la sociedad y se les proporciona una vía para acceder a una jubilación digna.

A quiénes les corresponde.

Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios. Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

Cómo se computa.

1 año de aportes por hija/o. Y 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

De forma adicional.

1 año por hija o hijo con discapacidad y 2 años en caso de que hayas sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija e Hijo por al menos 12 meses. Además, se reconocen los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijas o hijos.

Cómo se realiza el trámite.

Revisá que tus hijas y/o hijos se encuentren registrados en Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, ingresando a “Información Personal” > “Datos personales y familiares”. Solicitá un turno para “Asesoramiento por tareas de cuidado” en la web para ser atendida en una oficina de ANSES. El trámite es completamente gratuito, pero siempre de manera presencial y con turno previo.

Documentación necesaria.

DNI de la madre. Partidas de nacimiento de tus hijas y/o hijos. Si tenés hijas y/o hijos con discapacidad: Certificado de Discapacidad (CUD). Si tus hijas y/o hijos son adoptados: Sentencia de adopción.