Reforma laboral: cómo es el régimen del monotributista con colaboradores
8 Noviembre de 2024 08.47
8 Noviembre de 2024 08.47
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó hoy el régimen de trabajador independiente con colaboradores que permitirá que una persona pueda tener hasta 3 "colaboradores" sin tenerlos en relación de dependencia.
Este cambio había sido impulsado por el capítulo de reforma laboral en la Ley Bases.
La ex AFIP creó el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC) para que los emprendimientos se puedan inscribir para acogerse al nuevo régimen especial unificado. Este es el paso final de instrumentación de la reforma laboral sancionada en el Congreso.
Este nuevo vínculo se basa en la "relación autónoma, sin que exista dependencia entre las partes ni con las personas contratantes de los servicios u obras, por un máximo de hasta tres colaboradores". El colaborador podrá realizar actividades de manera concurrente y tendrá la libertad de tener en simultáneo contratos de colaboración, trabajo o provisión de servicios con otros contratantes.
El PADIC permitirá además tener información sobre los emprendimientos y sus integrantes. Establece cómo se deberá presentar la declaración jurada para especificar el carácter independiente de la relación. El registro debe ser previo al inicio de la prestación de las tareas por parte de los colaboradores. En el sitio de la ARCA deberán agregarse los emprendimientos con el detalle del mismo (nombre de fantasía, fecha de inicio, domicilio, actividad y cuit de los colaboradores). Una vez hecho, los trabajadores independientes y sus colaboradores recibirán la notificación para confirmar su participación. Ambos deberán estar inscriptos en el régimen general de impuestos
y de los recursos de la seguridad social como trabajadores autónomos, o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).