Causa AMIA: la Corte Interamericana de DD.HH declaró culpable al Estado argentino

14 Junio de 2024 12.02

Exsede de la AMIA — Télam

La Corte Interamericana de Derechos Humanos falló hoy contra el Estado argentino en la causa que investiga el atentado contra la AMIA en 1994, al considerarlo responsable de no haber adoptado "medidas razonables" para prevenirlo ni cumplido con su deber de investigarlo "con la debida diligencia y dentro del plazo razonable".

En contexto.

El tribunal internacional se expidió sobre la responsabilidad del Estado argentino en el atentado del 18 de julio de 1994 contra la Mutual Israelita Argentina, en el que murieron 85 personas, a raíz de una denuncia que realizó en 1999 la agrupación Memoria Activa. 

En detalle.

Además de sus cuestionamientos a la falta de medidas preventivas y a la investigación posterior, el tribunal, presidido por la jueza costarricense Nancy Hernández López, consideró que Argentina no garantizó "un acceso real a la documentación sobre el atentado" y violó el derecho a la verdad por las "múltiples falencias" del Estado "en la determinación de la verdad histórica sobre el atentado y su responsabilidad directa en las maniobras de encubrimiento, así como por las dificultades que han tenido los familiares de las víctimas en acceder a la información sobre el caso". También destacó que el país reconoció su responsabilidad internacional en el caso.

Declaraciones

  • "Durante la investigación sucedieron una serie de irregularidades en la práctica de diligencias esenciales y se dio un abandono deliberado de algunas líneas de investigación. Asimismo, se tuvo por probado que agentes estatales  actuaron de forma articulada con el propósito de construir una hipótesis acusatoria sin sustento fáctico, lo que favoreció el encubrimiento de los verdaderos responsables de los atentados", sentenció el tribunal.
  • "(La Corte) consideró que el Estado conocía de una situación de riesgo real e inmediata sobre los sitios identificados con la comunidad judía y que no adoptó las medidas razonables para evitar dicho riesgo, por lo que consideró que violó su obligación de prevención y por tanto es responsable de la violación a los derechos a la vida y a la integridad personal en perjuicio de las víctimas del atentado", agregó.
  • "Por las violaciones declaradas en la Sentencia, la Corte ordenó que se removieran todos los obstáculos de facto y de jure, que mantienen la impunidad total en este caso e iniciar, continuar, impulsar y/o reabrir las investigaciones que sean necesarias para individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos del presente caso, su encubrimiento y, así, poder establecer la verdad de lo ocurrido, todo ello en un plazo razonable, así como otras medidas de reparación".