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El DNU al Senado: los principales puntos del decreto

14 de marzo de 2024 - 10.24

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El Senado tratará hoy el DNU 70/2023 que el Gobierno presentó el 20 de diciembre del año pasado. El decreto, llamado Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina, incluye una serie de reformas consideradas estructurales por el Gobierno para el crecimiento de la actividad económica argentina. Además, incluye reformas en materia de emergencia, comercio, salud y prepagas, trámites del Estado, entre otros. 

En detalle.

El decreto incluye reformas vinculadas al mercado de trabajo, las exportaciones e importaciones, la compra de tierras por parte de extranjeros y deroga la Ley de Alquileres, la Ley de Abastecimiento y la Ley de Góndolas, entre muchas otras. Además, avanza sobre las privatizaciones de empresas públicas y elimina los límites a las cuotas de las prepagas.

En contexto.

El DNU se encuentra vigente desde su publicación. Para que deje de regir, las dos cámaras del Congreso deberán rechazar la medida. Al día de hoy, la expectativa es que el Senado lo rechace, ya que el oficialismo no cuenta con los votos suficientes. De hacerlo, sería la primera vez que el Parlamento no apoye un decreto presidencial.

Pero. 

Sin embargo, muchos artículos del DNU se encuentran suspendidos a raíz de cautelares que se presentaron. Entre los artículos en suspenso están los de reforma laboral, algunos vinculados a la salud como el aumento aplicado por OSDE a las cuotas, cambios en regímenes productivos como el de la yerba mate, el de las sociedades anónimas deportivas, entre otros. 

Profundizá. 

Emergencia.

Decreta la emergencia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta diciembre de 2025.

Desregulación.

Propone un sistema económico basado en "decisiones libres", con respeto a la propiedad privada y la libre circulación de bienes, servicios y trabajo, para lo cual dispuso la "desregulación del comercio, los servicios y la industria" y elimina restricciones.

Ley de Alquileres.

El DNU derogó la Ley de Alquileres que establecía contratos de 3 años con una renovación del precio cada seis meses. Los plazos, los precios y su ajuste ahora van a ser acordados por el dueño y el inquilino. Además, las partes decidirán en qué moneda lo concretarán, sea en pesos, dólares o cualquier otra divisa.

Trabajo.

En materia laboral, el decreto introdujo las siguientes reformas:

  • Período de prueba. Extiende el plazo en el cual el empleador puede extinguir el vínculo laboral sin expresión de causa ni indemnización de 3 a 8 meses.
  • Huelga. Limita el derecho a huelga en determinadas áreas que pasan a ser caratuladas como esenciales o de importancia trascendental, lo que impide que frenen la actividad en su totalidad.
  • Causas de despido. Incluye dentro de las causas justificadas de despido la participación en bloqueos, tomas o cualquier afectación al trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.
  • Indemnización. Habilita a que cada sector negocie de manera individual la indemnización por despidos, lo que permitiría establecer sistemas privados de capitalización y la creación de fondos de desempleo similares a los que hoy existen en la UOCRA. Además, se reduce el importe que reciben los trabajadores despedidos mediante la eliminación de los aguinaldos y otros conceptos de pago semestral o anual del cálculo de la indemnización. A su vez, elimina las dobles indemnizaciones para las relaciones laborales no registradas.
  • Jornada laboral. Su extensión quedará circunscrita a la negociación paritaria, con el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada. Esto, por ejemplo, habilita a eliminar los regímenes de horas extras y francos compensatorios.
  • Licencia de maternidad. Reduce la obligatoriedad de tomarse los 30 días previos a la fecha de parto y permite usarlos después del nacimiento del hijo.
  • Monotributo. El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo. Además, establece que se elimina la presunción de existencia de contrato de trabajo en los casos de prestación de servicios.

Comercio interior.

El decreto determinó la derogación de las siguientes leyes:

  • Ley de Abastecimiento. Esta ley le permitía al Gobierno intervenir en los precios y la producción de bienes esenciales, fijar precios y aplicar sanciones a las empresas.
  • Ley de Góndolas. Se trata de una reglamentación que buscaba que los precios de los productos sean claros y transparentes y que los consumidores pudieran acceder a un mayor abanico de productos para fomentar la competencia.
  • Ley de Compre Argentino. Dicha legislación otorgaba preferencias para las compras públicas a productos de fabricación nacional y exigía mecanismos de compensación local cuando los bienes o servicios son importados.
  • Ley de Promoción Comercial. Su fin era establecer los procedimientos de exhibición del precio de venta y del precio de unidad de medida de los productos ofrecidos por los comerciantes a los consumidores, así como aquellos relativos a las ofertas y promociones al consumidor.
  • Observatorio de Precios del Ministerio de Economía. El DNU eliminó el organismo que tenía el objetivo de "monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en el territorio de la Nación".

Tarjetas.

El DNU elimina los límites de interés que los bancos le podían aplicar a comercios para pagos con tarjetas de crédito y débito, que actualmente era de 3% y 1,5%, respectivamente. Además, elimina el límite vigente del 50% a los intereses punitorios para aquellos que no paguen sus deudas a tiempo y habilita a cualquier entidad a ofrecer tarjetas de crédito, sean digitales o físicas. También quita la necesidad de que la autoridad de aplicación deba aprobar los contratos de la tarjeta y desregula las obligaciones a las entidades financieras respecto de la información que deben brindar sobre sus clientes.

Salud.

Entre las desregulaciones al sector que determinó el DNU, se encuentran los siguientes puntos:

  • Prepagas. El DNU desregula las restricciones de precios al sistema de medicina prepaga y elimina la obligatoriedad de las empresas de salud privada de transferir a sus afiliados a otros prestadores en caso de quiebra o cese de actividades.
  • Obras sociales. Modifica la Ley 23.660 de Obras Sociales, que pasarán a ser "entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa". Además, las prepagas se incorporan al régimen de obras sociales, lo que permitirá que cada afiliado pueda decidir dónde irán sus aportes sin necesidad de pasar por la intermediación de una obra social.
  • Medicamentos y vacunas. Se derogó la Ley 27.113, que declara de interés nacional y estratégico la actividad de los laboratorios de producción pública. Esta normativa brindaba financiamiento para la investigación y producción de medicamentos y vacunas.
  • Genéricos. Derogación de la Ley 25.649 de Medicamentos genéricos, que obliga a los laboratorios a incorporar el nombre de la droga en las recetas de los medicamentos para que los consumidores puedan elegir qué marca comprar.
  • Receta electrónica. Establece que todas las prescripciones médicas deberán realizarse exclusivamente a través de recetas digitales confeccionadas y firmadas en plataformas electrónicas autorizadas.

Privatizaciones.

La normativa derogó el régimen de sociedades del Estado y las leyes que prohíben la privatización de las empresas públicas. Esto implica que todas las empresas que tengan participación del Estado se van a transformar en Sociedades Anónimas. A su vez, las reformas habilitan la privatización del Banco de la Nación y que se puedan transferir las acciones de Aerolíneas Argentinas a sus empleados.

Comercio Exterior.

La herramienta legislativa incluyó modificaciones en el Código Aduanero:

  • Eliminar restricciones. Determina que el Poder Ejecutivo "no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos. Sólo se podrán realizar por Ley".
  • Intervención estatal. Permite la intervención del Estado en casos vinculados con la soberanía nacional, la seguridad pública, la protección del patrimonio artístico, histórico, científico o arqueológico y la conservación del ambiente y de las especies animales y vegetales.
  • Registros. Elimina los registros de importaciones y exportaciones que eran necesaios para realizar operaciones de comercio exterior y establece que el Gobierno tiene que simplificar los trámites vigentes a través del "uso de servicios informáticos electrónicos".

Tierras.

El decreto derogó la Ley N° 26.737 conocida como la Ley de Tierras, que establecía un límite de mil hectáreas en la zona núcleo para los ciudadanos extranjeros que quisieran comprar tierras rurales. Además, fijaba en un 15% el límite de tierras que pueden poseer personas físicas o jurídicas extranjeras a nivel nacional y creaba un Registro Nacional de Tierras Rurales.

Sociedades Anónimas Deportivas.

El DNU habilita que los clubes de fútbol puedan convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), siempre y cuando sus socios modifiquen los estatutos y aprueben la privatización en asamblea. A su vez, prohíbe que se restrinja el derecho de afiliación de las SAD a una confederación, federación, asociación, liga o unión.

Licencias Audiovisuales.

El decreto introdujo modificaciones en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para eliminar las restricciones para acumular licencias nacionales, mientras que mantiene las limitaciones locales de la Ley.

VTV y Seguro Automotor.

La normativa modificó el artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58 que regulaba la documentación que deben llevar los conductores y estipu que "la cédula, licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor". De esta manera, ya no se podrá demandar el certificado de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente y el comprobante de seguro obligatorio en vigencia.