Paro en 27 aeropuertos: el primer test para la reforma laboral de Milei
13 Marzo de 2026 15.03
13 Marzo de 2026 15.03
Trabajadores estatales preparan un paro que afectaría a 27 aeropuertos del país entre el 18 y el 24 de marzo y el Ejecutivo planea ejercer la cláusula del 75% de prestaciones ya que, desde la promulgación de la nueva ley, los servicios aeronáuticos se consideran como "esenciales". "La ley está para acatarla, vivimos en una República", advirtió hoy una fuente oficial a CORTA y agregó que ya se preparan para tomar medidas contra el sindicato.
Será el primer test de la reforma laboral aprobada en febrero.
El clima no es prometedor para el diálogo. Según pudo saber CORTA tras hablar con fuentes oficiales, todavía no fue convocada ninguna instancia de diálogo entre la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y la Secretaría de Trabajo. Por su lado, el líder de ATE, Rodolfo Aguiar, sentenció que no están obligados a cumplir con una ley "manifiestamente inconstitucional" y llamó a "desobedecerla". "Vamos a hacer el paro en las mismas condiciones que lo hacíamos antes de la ley", le dijo a Infobae.
Fuentes de Gobierno le explicaron a CORTA las sanciones que podrían aplicar. "Estamos hablando no solo de multas, sanciones y sumarios: también está la posibilidad de sacarles la personería gremial", detalló una fuente del Ministerio de Capital Humano.
El miércoles, Aguiar anunció que ATE haría un paro aeroportuario de una semana por falta de pago de aumentos salariales. "Hemos decidido realizar medidas de fuerza en más de 27 aeropuertos de todo el país, desde el 18 al 24 de marzo entre las 9 y las 12, y entre las 17 y las 20. Durante esas franjas horarias solo se garantizarán vuelos sanitarios, humanitarios y oficiales", escribió en X. Además, el comunicado dirigido al secretario de Trabajo, Julio Cordero, exige una apertura paritaria sectorial y remarca que ATE esperó durante un mesa que se cumpliera lo acordado con las autoridades, pero que no hubo respuesta.
La flamante Ley de Modernización Laboral regula el derecho a huelga para servicios esenciales y exige una cobertura mínima del 75% de los puestos de trabajo para continuar con las prestaciones del servicio. Estas disposiciones surgen del Título VII, artículo 101. En este caso, aeronáutica comercial y control de tráfico entran en esta categoría y la "autoridad de aplicación" es la responsable de aplicar sanciones según lo dispuesto por las leyes de trabajo.