Presuntos audios de Karina Milei: suspendidos los allanamientos y defensa a la protección de fuentes

2 Septiembre de 2025 18.37

Javier Milei junto a Karina, su hermana y secretaria General de la Presidencia. — .

El fiscal Carlos Stornelli pidió hoy investigar la denuncia del Gobierno por los presuntos audios que se atribuyen a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei. Asimismo, reivindicó el derecho constitucional que protege las fuentes de los periodistas.

Por qué importa.

Esta medida del fiscal significa que no pedirá allanamientos a periodistas ni medios de comunicación, como lo había ordenado la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich

En contexto.

Luego de la difusión de los audios del extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, sobre presuntas coimas que involucran al Ejecutivo, el Gobierno denunció ayer ante la Justicia un operativo de inteligencia ilegal "con el fin de desestabilizar el país en plena campaña electoral". Como consecuencia lograron una medida cautelar del Poder Judicial para evitar que se sigan reproduciendo dichos audios que señalan a la hermana del presidente, Karina Milei, y su asesor Eduardo "Lule" Menem.

Profundizá.

En detalle.

Stornelli solicitó que se dispongan las pruebas requeridas y que se proceda conforme al artículo 193 del Código Procesal Penal de la Nación. Esto refuerza su postura de que los hechos denunciados son lo suficientemente graves y verosímiles como para iniciar una investigación judicial. 

A su vez, hizo hincapié en que "no podrá hurgar en las fuentes de algún periodista" por mandato constitucional, pero que si alguno quiera voluntariamente aportar datos puede hacerlo. En este sentido, remarcó que se incluye en el dicho pedido "la inviolabilidad del domicilio, salvo orden fundada de juez competente" de periodistas y medios de comunicación.

Declaración.

"En primer lugar, debo decir que en la investigación no se podrá hurgar en las la fuentes de algún periodista, merezca el concepto que merezca por parte de quien lo analice, ello por mandato constitucional y sin perjuicio de que alguno quiera voluntariamente, en ese sentido, aportar datos que considere puedan servir al descubrimiento de la verdad. Esto incluye la inviolabilidad del domicilio, salvo orden fundada de juez competente, no obstante lo cual, no empecé al análisis de las conductas ya efectuadas", sostuvo el fiscal.