Radares de velocidad en rutas: la Agencia Nacional de Seguridad Vial detectó más de 150 no autorizados
18 Junio de 2026 13.48
18 Junio de 2026 13.48
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) detectó, en lo que va del año, más de 150 radares de velocidad no autorizados en los 40.000 kilómetros de rutas nacionales.
Los radares permiten labrar infracciones. Frente a estas irregularidades, el organismo exigió el cese de utilización de los equipos y el retiro de los dispositivos instalados sin habilitación correspondiente.
La agencia lleva adelante un proceso de fiscalización y regularización de radares ubicados en rutas nacionales de todo el país, para garantizar que los controles de velocidad cumplan con la normativa vigente, estén correctamente autorizados y tengan como finalidad principal la prevención de siniestros viales.
Durante 2026, la ANSV realizó, a través de sus agentes de fiscalización y metrología vial, un relevamiento sobre los 40.000 kilómetros de rutas nacionales. Al inicio del operativo, se registraban 526 cinemómetros autorizados para operar e infraccionar en rutas nacionales: 363 equipos fijos y 163 equipos móviles. Del total de radares fijos autorizados, 239 equipos fueron encontrados operando en el lugar para el cual habían sido habilitados y 124 equipos no fueron hallados en el sitio autorizado al momento del relevamiento.
Ante esta situación, la ANSV se encuentra intimando a las jurisdicciones correspondientes para que informen la situación operativa de los equipos. En caso de constatarse que los cinemómetros ya no se encuentran en funcionamiento, se procederá a la baja de las autorizaciones correspondientes.
En este sentido, la ANSV ya comenzó a efectivizar las primeras bajas de autorizaciones. El organismo intimará a aquellas jurisdicciones que presentaban verificaciones técnicas vencidas para que regularicen su situación bajo apercibimiento de revocar las habilitaciones vigentes.
La intervención de la ANSV se encuentra respaldada por la Ley Nacional 26.363 y el Decreto Reglamentario 1716/2008, que establecen que ningún cinemómetro puede operar legalmente en una ruta nacional sin autorización previa. La normativa nacional le otorga al organismo la facultad de autorizar, fiscalizar y controlar los sistemas automáticos de constatación de infracciones, garantizando que los dispositivos funcionen de manera transparente, técnica y conforme a derecho.
Un reciente fallo de la Corte Suprema ratificó el rol de la ANSV como autoridad competente en materia de radares sobre rutas nacionales, ante un reclamo del municipio de Darwin, provincia de Río Negro. El objetivo de este proceso de regularización que lleva adelante la ANSV es prevenir prácticas irregulares y asegurar controles enfocados en la seguridad vial y el cuidado de la vida.
1- ¿Qué debe contener una infracción por cinemómetro/radar?
2- Falta de notificación fehaciente.
La autoridad de control tiene 60 días hábiles para notificar al conductor de una manera fehaciente. Pasado ese plazo, puede constituir causal de nulidad. (Tener en cuenta que no todas las jurisdicciones tiene los mismos plazos)
3- Habilitación del cinemómetro/radar.
En rutas nacionales, los radares deben contar con autorización correspondiente. Podes chequear radares habilitados acá.
4- Señalización deficiente o inexistente.
La Ley Nacional de Tránsito exige que los radares estén debidamente señalizados con antelación. La falta de señalización, cartelería insuficiente, visibilidad reducida o reducciones abruptas e injustificadas de velocidad pueden ser elementos a considerar al momento de efectuar un descargo.
5- Descargo a distancia.
Cuando la persona viva a más de 60 kilómetros, tiene derecho a que le permitan realizar su descargo a distancia (online).