Reforma laboral: los principales cambios que aceptó el Gobierno con la oposición

11 Febrero de 2026 13.20

Javier Milei — Presidencia.

La Cámara de Senadores tratará mañana en el Congreso el nuevo texto de la reforma laboral que presentó el Gobierno. Hoy, la senadora Patricia Bullrich confirmó que aceptó 28 modificaciones con la oposición. A continuación, los principales cambios.

Por qué importa.

Desde el Poder Ejecutivo esperan que se extiendan las sesiones extraordinarias del Congreso y que la propuesta se apruebe antes del inicio de sesiones ordinarias el 1° de marzo. 

En detalle. 

Tal y como adelantó CORTA, debido a la resistencia que presentó el proyecto original por parte de gobernadores, sectores opositores y dialoguistas, el Gobierno cedió a realizar algunas modificaciones en la nueva reglamentación del trabajo que busca aprobar. Los artículos modificados son: 1, 9, 25, 26, 31, 35, 44, 44 bis, 44 ter, 55, 56, 58, 60, 63, 73, 76, 77, 91, 91 bis, 98, 108 bis, 113, 120, 128, 132, 133, 143, 149, 150, 157, 161, 178, 190, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 201, 208, 209, 210, 211 y 212. Y se eliminaron: 45, 83, 137, 184 bis y 190.

Los cambios principales.

  • Eliminación de la "industria del juicio": el cálculo de la indemnización sólo incluirá el salario "mensual, normal y habitual", es decir, dejará afuera el aguinaldo, las vacaciones y todos los conceptos no mensuales. 
  • Actualización de Créditos Laborales: se establece un nuevo esquema de actualización de créditos laborales: IPC + 3% anual.
  • Creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL): se crean los fondos para cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias.  
  • Registración laboral simplificada y digital: el registro ante ARCA es suficiente (no se podrán exigir requisitos extra por otras autoridades). 
  • Delimitación de beneficios sociales para el trabajador: se redefine qué entra como beneficio social no remunerativo (comedor, reintegros médicos, guardería, útiles, capacitación, etc.).
  • Jornada moderna: creación de un banco de horas de común acuerdo entre el empleador y el empleado.
  • Vacaciones flexibles: los días de descanso se podrán tomar entre 1° de octubre y el 30 de abril. Además, se habilita el fraccionamiento con un mínimo de 7 días.
  • Licencia por enfermedad: se refuerza el derecho del empleador a control médico y junta médica. Los certificados de enfermedad o accidente deberán estar acompañados de un diagnóstico médico.
  • Aviso por enfermedad: El trabajador deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra, salvo casos de fuerza mayor. Mientras no la haga, perderá el derecho a percibir la remuneración correspondiente.
  • Régimen de Incentivo para Formación Laboral: se incorpora un Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) para promover capacitación, empleabilidad y reconversión.
  • Creación del Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI): apunta a que las empresas realicen inversiones en producción real, tecnología y expansión.
  • Reducción de Cargas Sociales para nuevos empleos.
  • Prelación de convenios de empresas: un convenio de empresa de una provincia prevalece por sobre un convenio ámbito nacional.
  • Compromiso de Reforma Fiscal integral: se presentará una nueva Ley que impulse los acuerdos fiscales entre la Nación y las provincias para reducir las cargas tributarias.
  • Contratos temporarios: Existirá esta relación laboral en trabajos de carácter estacional o por "procesos temporales propios" (actividades agrícolas, pecuarias, forestales, entre otras), además de trabajos contratados para tareas accidentales o de suplencia. Sucesivos contratos temporarios con el mismo empleador no cambian la naturaleza del vínculo con el empleado.
  • Contribuciones patronales. El aporte a las obras sociales que hace el empleador a partir del sueldo del empleado en relación de dependencia pasa del 5% al 6%.
  • Extranjeros. Aquellas personas que adquieran la ciudadanía argentina por motivo de "inversiones relevantes en el país" no serán consideradas residentes fiscales.
  • Cine. A partir del 1° de enero de 2028, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) será financiado solo con las partidas se asignen anualmente en la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.
  • Artículo 193. Ahora indica que la derogación del Estatuto del Periodista será partir del 1° de enero de 2027. 

Los eliminados. 

En la nueva presentación, el Gobierno resolvió eliminar 5 artículos del proyecto de ley de Reforma Laboral. 

  1. Artículo 45. Cambiaba el artículo 212 de la Ley de Contrato de Trabajo, que remarcaba que si un trabajador que atravesó una enfermedad o accidente volviera para recuperar su puesto pero tuviera alguna limitación que le impidiera hacer su tarea habitual y el empleador no le encontrara una tarea acorde para reubicarlo, el contrato podría quedar "extinguido" y se compensaría al trabajador con una indemnización correspondiente a la mitad de un despido sin causa.
  2. Artículo 83. Establecía: "La modificación introducida por el artículo 82 de la presente ley se aplicará a los procesos en trámite, contándose los plazos establecidos en dicha disposición desde el día siguiente a la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial".
  3. Artículo 137. Los empleadores ya no actuarán como agentes de retención de los importes que deban abonar los empleados en concepto de cuotas de afiliación a sindicatos.
  4. Artículo 184 bis. Se desprendía del artículo que se centra en que la ARCA dictará las normas necesarias para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el Título Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), pudiendo requerir la intervención de las áreas competentes de la Administración Pública Nacional. De esta manera, se elimina el artículo 184 bis en el que se invitaba a la adhesión de las jurisdicciones para que acompañen con beneficios. 
  5. Artículo 190. Este punto permitía bajar las alícuotas de la Ley de Impuesto a las Ganancias para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2026. En el nuevo proyecto aparece el artículo 190, pero solo se refiere a los extranjeros que adquieran la nacionalidad argentina mediante inversiones en el país.

Profundizá.

También importa.

De esta manera, el oficialismo confía en obtener media sanción esta semana y avanzar hacia Diputados. Tras confirmarse la eliminación de Ganancias, la reforma laboral queda acotada a sus aspectos estrictamente laborales, tal cual lo expresaba el texto original, lo que facilita el acuerdo con bloques regionales y marca un nuevo capítulo en las negociaciones entre Casa Rosada y las provincias.