Reintegro de IVA a la canasta básica: entró al Congreso el proyecto
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Reintegro de IVA a la canasta básica: entró al Congreso el proyecto

22 de septiembre de 2023
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reintegro de iva

El Gobierno envió hoy al Congreso el proyecto para crear el programa del reintegro del IVA sobre los productos de la canasta básica. El programa estará destinado a jubilados, titulares de asignaciones y trabajadores con ingresos hasta seis salarios mínimos.

Por qué importa.

El reintegro de IVA se comenzó a aplicar esta semana y devuelve el 21% de las compras. El tope mensual por persona para el reintegro es de $18.800 y aplica a personas con ingresos de hasta $708.000.

En detalle.

El proyecto de Ley propone crear el programa "Compre sin IVA", destinado a reducir la carga tributaria sobre los bienes de la Canasta Básica Alimentaria:

  • La reducción se aplicará sobre bienes muebles, salvo a las compras de combustibles líquidos.
  • Aplica a compras que se realicen mediante tarjetas de débito asociadas a cuentas de los beneficiarios, las transferencias a través de las tarjetas con la modalidad de Pago Electrónico, o con QR.
  • Están incluidos los bienes enmarcados en la Tarjeta Alimentas y las tarjetas de beneficiarios del Potenciar Trabajo.
  • El reintegro no podrá superar el 21% del valor de la canasta para un hogar tipo 2 (de cuatro personas) para cada mes.

A quienes beneficia.

Estará destinado a:

  • Jubilados, pensionados por fallecimiento y no contributivas con un ingreso mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados.
  • Quienes reciban asignaciones universales por hijo y por embarazo.
  • Trabajadores en relación de dependencia con ingresos que no superen los seis salarios mínimo vital y móvil por mes.
  • Trabajadores de casas particulares.
  • Pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Pero.

Quedarán excluidos quienes paguen Ganancias o sean autónomos.

Dónde comprar.

Las compras deberán realizarse en comercios minoristas o mayoristas que operen con consumidores finales, registrados en AFIP, bajo los códigos de actividad correspondientes a la ventea de bienes muebles incluidos en la canasta básica.

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