Corte Suprema: el Gobierno oficializó las nominaciones de Lijo y García-Mansilla

27 de marzo de 2024 - 21.30

Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los nominados del Gobierno para ocupar las vacantes de la Corte Suprema de Justicia.
Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los nominados del Gobierno para ocupar las vacantes de la Corte Suprema de Justicia. — Foto: Montaje Corta

Presidencia envió hoy al Ministerio de Justicia las nominaciones del juez Ariel Lijo y el abogado Manuel García-Mansilla para ocupar las vacantes en la Corte Suprema, confirmaron a CORTA desde la cartera que dirige Mariano Cúneo Libarona.

Por qué importa.

El Gobierno insistió con la postulación de Lijo pese a los cuestionamientos de la vicepresidenta Victoria Villarruel; la segunda de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) durante el Gobierno de Mauricio Macri, María Eugenia Talerico; la Coalición Cívica; cámaras empresariales; y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, entre otros.

Pasos a seguir.

Una vez iniciado el proceso, el Ministerio de justicia debe cumplir con una serie de pasos pautados por el Decreto 222/2003 que incluye un periodo de consulta a ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil, y que culmina con una votación en el Senado, donde se necesita el voto positivo de dos tercios de los presentes.

Profundizá

El procedimiento.

En un primer momento, el Ministerio de Justicia debe publicar en el Boletín Oficial y en diarios de circulación oficial durante tres días el nombre y los antecedentes curriculares de los candidatos. Luego del paso anterior, los nominados deben deben presentar su declaración jurada de bienes y de sociedades.

Observaciones.

Luego, los ciudadanos y organizaciones de sociedad civil pueden presentar dentro de un plazo de 15 días sus observaciones sobre los candidatos. A ellas, la cartera de Cúneo Libarona podrá sumar opiniones de organizaciones de relevancia en "ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos". 

Senado.

15 días después de la presentación de las observaciones, el Poder Ejecutivo debe enviar los nombramientos a la Cámara Alta, donde se necesitan dos tercios de los presentes para que los pliegos sean aprobados.